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Seremi del Trabajo destaca ley que fortalece al Seguro de Cesantía

Mejora los beneficios y flexibiliza el acceso a este instrumento de la seguridad social, además pone énfasis en la intermediación laboral.

Ya es ley de la República la iniciativa impulsada por el Gobierno por medio del Ministerio del Trabajo que fortalece Seguro de Cesantía a través de una mejora de sus prestaciones y la flexibilización del acceso a sus beneficios.

En este sentido la Seremi del Trabajo destacó esta iniciativa y explicó que “es importante considerar la importancia de acceder a un empleo formal que permite, entre otras cosas, obtener los beneficios del Seguro de Cesantía que se aplica ante una contingencia en la trayectoria laboral de los trabajadores y trabajadoras. Como Gobierno entendemos que hay que hacerse cargo de una realidad, en que efectivamente hay personas que quedan desempleadas y para ellos es que se ha aprobado esta normativa que mejora los beneficios asociados al Seguro de Cesantía, que además considera más inversión para promover la intermediación laboral buscando de esta manera aumentar las posibilidades de empleabilidad de las personas que buscan un trabajo, lo que va a permitir que podamos darle, en este momento, contención a quienes están viviendo un periodo de cesantía”.

Además de mejorar los beneficios y flexibilizar el acceso a este instrumento de la seguridad social, se incorpora el concepto de “intermediación laboral”, buscando aumentar las posibilidades de empleabilidad de las personas beneficiarias con programas a través del Sence.

Al respecto la autoridad del trabajo señaló que “el objetivo es aumentar las posibilidades de empleabilidad de las personas beneficiarias con el Seguro de Cesantía a través de la intermediación laboral haciendo el nexo entre quienes requieren de un trabajo y quienes están ofreciéndolo. Además de mejorar competencias laborales, con más capacitaciones y certificaciones de competencias laborales, a fin de fortalecer las capacidades de las y los trabajadores que están en búsqueda de un empleo”.

Mejoras al Seguro

En lo medular, la nueva Ley robustece los beneficios que entrega el Seguro de Cesantía. En primer lugar, incrementa la tasa de reemplazo del segundo mes de las prestaciones con cargo a la Cuenta Individual de Cesantía (CIC), pasando desde 55% a 60% del respectivo promedio de remuneraciones.

Al mismo tiempo, se plantea la mejora de las tasas de reemplazo con cargo al Fondo de Cesantía Solidario (FCS): En el caso de los trabajadores con contrato indefinido y de casa particular, se establece un aumento de la tasa de reemplazo del segundo mes del beneficio, pasando de 55% a 60%. También se actualizan los respectivos límites mínimo y máximo.

Para trabajadores con contrato a plazo fijo, se establece un aumento de la tasa de reemplazo del primer mes de beneficio, desde 50% a 60%. También se agrega un cuarto y quinto giro, con una tasa de reemplazo de 30% cada uno, pasando de un giro mensual por los actuales tres meses a un giro mensual por cinco meses.

Además, se propone flexibilizar los requisitos de acceso a las prestaciones del Seguro de Cesantía, donde se disminuye el requisito del número de cotizaciones registradas en la Cuenta Individual por Cesantía, que permite el acceso a las prestaciones con cargo a dicha cuenta, del siguiente modo:

  • Contrato indefinido o trabajador de casa particular: se rebaja de 12 a 10 cotizaciones mensuales continuas o discontinuas.
  • Trabajador con contrato a plazo fijo o por obra, trabajo o servicio determinado: se rebaja de 6 a 5 cotizaciones mensuales continuas o discontinuas.

Se disminuye el requisito del número de cotizaciones registradas en la Cuenta Individual por Cesantía, que permite el acceso a las prestaciones con cargo al Fondo de Cesantía Solidario, del siguiente modo:

  • Trabajador con contrato indefinido o trabajador de casa particular: se rebaja de 12 a 10 cotizaciones. Las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
  • Trabajador con contrato a plazo fijo, o para una obra, trabajo o servicio determinado: se rebaja de 6 a 5 cotizaciones.

Se flexibilizan los requisitos y se otorgan mejoras en las prestaciones en casos en que exista declaración de estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, alerta sanitaria o se produzca la declaración de una zona afectada por catástrofe, como puede ocurrir, por ejemplo, en algunos casos de lluvias intensas, sismos u otros eventos que pueden afectar las fuentes de empleo de las y los trabajadores, permitiendo garantizar una mejor y mayor protección en este tipo de casos.

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